lunes, 15 de junio de 2015

Yaguareté, monumento natural

Ley 25.463 (Sancionada: Agosto 15 de 2001 / Promulgada: Septiembre 7 de 2001)

Declárase monumento natural a la Panthera Onca conocida como yaguareté, yaguar, tigre, overo u onca pintada.


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º - Declarar monumento natural sujeto a las normas establecidas por la ley 22.351, a la Panthera onca (Linneo, 1758) (=Leo onca Linneo, 1758) conocido como yaguareté, yaguar, tigre, overo u onca pintada.

ARTICULO 2º - Encomendar a la Administración de Parques Nacionales compatibilizar con la Dirección Nacional de Fauna y Flora Silvestres o el organismo que corresponda, el plan de manejo para la especie en las áreas bajo su jurisdicción, ajustándolo a la política faunística nacional.

ARTICULO 3º - Invitar a los organismos provinciales competentes a adoptar y coordinar con los organismos nacionales planes de manejo y protección en los territorios sometidos a su jurisdicción.

ARTICULO 4º - La Autoridad de Aplicación garantizará la planificación y ejecución de medidas de prevención en los casos en que algún ejemplar se constituya en circunstancialmente perjudicial para el hombre y/o sus actividades productivas.

ARTICULO 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL UNO. - REGISTRADO BAJO EL Nº 25.463 - RAFAEL PASCUAL. - MARIO A. LOSADA. - Guillermo Aramburu. - Juan C. Oyarzún.
Decreto 1153/2001 Bs. As., 7/9/2001
POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación Nº 25.463 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - DE LA RUA. - Chrystian G. Colombo. - Ramón B. Mestre.


ESTA LEY ESTÁ SIN REGLAMENTAR AÚN.


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