Ley 25.463 ( Sancionada: Agosto 15 de 2001 / Promulgada: Septiembre 7 de 2001)
Declárase
monumento natural a la Panthera Onca conocida como yaguareté, yaguar, tigre,
overo u onca pintada.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º - Declarar monumento natural sujeto a las normas
establecidas por la ley 22.351, a la Panthera onca (Linneo, 1758) (=Leo onca
Linneo, 1758) conocido como yaguareté, yaguar, tigre, overo u onca pintada.
ARTICULO
2º - Encomendar a la Administración de Parques Nacionales compatibilizar con la
Dirección Nacional de Fauna y Flora Silvestres o el organismo que corresponda,
el plan de manejo para la especie en las áreas bajo su jurisdicción,
ajustándolo a la política faunística nacional.
ARTICULO
3º - Invitar a los organismos provinciales competentes a adoptar y coordinar
con los organismos nacionales planes de manejo y protección en los territorios
sometidos a su jurisdicción.
ARTICULO 4º - La Autoridad de Aplicación garantizará la
planificación y ejecución de medidas de prevención en los casos en que algún
ejemplar se constituya en circunstancialmente perjudicial para el hombre y/o
sus actividades productivas.
ARTICULO 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA
EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE
DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL UNO. - REGISTRADO BAJO EL Nº 25.463 -
RAFAEL PASCUAL. - MARIO A. LOSADA. - Guillermo Aramburu. - Juan C. Oyarzún.
Decreto 1153/2001 Bs. As., 7/9/2001
POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación Nº 25.463 cúmplase,
comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. - DE LA RUA. - Chrystian G. Colombo. - Ramón B. Mestre.
ESTA LEY ESTÁ SIN REGLAMENTAR AÚN.
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